TU DERECHO AL VOTO
Este 2024 es año eleccionario
La fecha límite de inscripción, reactivación o solicitud de voto ausente para las elecciones generales de Puerto Rico es el sábado, 21 de septiembre de 2024.
La fecha límite para solicitar el voto adelantado para las elecciones generales es el lunes, 16 de septiembre de 2024.
Información importante
¿Qué necesito para votar en estas elecciones?
Para votar en estas elecciones necesitas:
1. Una tarjeta electoral activa
2. Una identificación válida
¿Puedo votar con mi licencia de conducir u otro ID vigente?
Si eres considerade un elector activo en el sistema de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) puedes votar con las siguientes identificaciones:
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Licencia de conducir
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Real ID
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Pasaporte estadounidense
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Tarjeta de U.S. Global Entry
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Tarjeta de identificación de las Fuerzas Armadas de Estados Unidos
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Tarjeta de identificación de la Marina Mercante de Estados Unidos
* Identificaciones deben estar al día (no expiradas)
Voté en las últimas elecciones, ¿puedo votar en noviembre?
Si votaste en las últimas elecciones, eres un elector activo.
Para confirmar tu estatus electoral, puedes acceder a la página Consulta del Elector de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE).
No voté en las últimas dos elecciones,
¿puedo votar en noviembre?
Si no has votado en las pasadas dos elecciones, primero debes confirmar tu estatus electoral actual en la página Consulta del Elector
Si sales como votante inactivo, debes crear una cuenta en el Sistema eRE de la Comisión Estatal de Elecciones
Para crear tu cuenta, necesitarás:
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Tu número de registro electoral
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Últimos cuatro dígitos de Seguro Social
Una vez creada tu cuenta, cambia tu estatus electoral a
ACTIVO - REACTIVACIÓN en el registro.
¿Qué necesito para inscribirme a votar?
Si eres elector nuevo, primero accede al Sistema eRE la página del Registro Electrónico de Electores de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE):
Una vez creada tu cuenta, debes tener la siguiente información en mano:
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Datos personales y los últimos cuatro dígitos de tu Seguro Social
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Foto de una identificación válida (licencia de conducir, pasaporte o real ID)
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Foto de una prueba de domicilio (factura de servicio de agua, energía eléctrica, internet, teléfono, televisor, licencia de conducir o real ID)
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Foto de una prueba de ciudadanía (certificado de nacimiento)
*Si naciste en EEUU o algún territorio estadounidense que no sea P.R. o Samoa Americana, debe utilizar una foto de su certificado de nacimiento o pasaporte.
*De tener ciudadanía por naturalización, tienes las siguientes opciones:
1.Presentar una certificación expedida por el Departamento de Estado de los Estados Unidos acreditando su naturalización.
2.Presentar un pasaporte estadounidense vigente.
¿Cómo solicito el voto adelantado?*
A continuación tendrás los pasos a seguir para solicitar el voto adelantado.
Para el solicitar solicitar el voto adelantado debes cumplir con alguno de los siguientes criterios:
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Si padeces de algún impedimento físico
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Eres cuidadore único de una persona con impedimentos físicos
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Eres cuidador ùnico de un menor de 14 años
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Si te encuentras admitido en un hospital o trabajando fuera de tu domicilio el día de las elecciones generales
Si cumples con alguno de estos debes llenar la Solicitud de Voto Adelantado de la CEE y luego enviarla al correo electrónico de la Junta Administrativa de Voto Ausente y Voto Adelantado (JAVAA), a la dirección: java@cee.pr.gov
¿Cómo solicito el voto ausente?*
A continuación tendrás los pasos a seguir para solicitar el voto adelantado.
Para el solicitar solicitar el voto ausente debes cumplir con alguno de los
siguientes criterios:
-
Si estarás fuera de Puerto Rico el día de las elecciones generales, independientemente de la razón que sea, tienes derecho a solicitar el voto ausente.
Si cumples con alguno de estos debes llenar la Solicitud de Voto Ausente de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) y luego enviarla al correo electrónico de la Junta Administrativa de Voto Ausente y Voto Adelantado (JAVAA), java@cee.pr.gov .
¿Dónde puedo votar?
Si estás en el Registro Electrónico de Electores (eRE), tu centro de votación estará disponible en la página principal de tu cuenta.
Si no estás registrade en el Registro Electrónico de Electores (eRE), accede al Desglose de Sectores de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) y oprime tu precinto de votación. En la lista de centros de votación, encuentra el que está asignado a tu barrio, sector, urbanización, etc.
¿Cómo puedo conocer mi precinto de votación?
Para conocer tu precinto de votación, ingresa tu número electoral en la página de Consulta del Elector de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE)
Como resultado, la página deberá brindarte tu precinto y unidad de votación.
Otras preguntas frecuentes
¿Quiénes tienen acceso a mi voto?
Según el Artículo II, Sección 2 de la Constitución de Puerto Rico, el voto es secreto y protegido. Por tal razón, ninguna persona podrá divulgar el contenido de una papeleta ya marcada ni grabar o fotografiar la papeleta con la intención de violar el derecho al voto secreto. Quienes único tendrán acceso a una papeleta ya marcada es el propio elector y funcionarie de colegio al momento de contar los votos.
¿Por cuántas personas puedo votar?
En la papeleta estatal, puedes votar por:
1 candidatura para la Gobernación
1 candidatura para la Comisaría Residente
En la papeleta legislativa puedes votar por:
1 candidatura para Representante de Distrito
1 candidatura para Representante por Acumulación
1 candidatura para Senadore por Acumulación
2 candidaturas para Senadore de Distrito
En la papeleta municipal puedes votar por:
1 candidate para la Alcaldía
Cantidad máxima de Legisladores por municipio
¿Cuántos distritos representativos hay en Puerto Rico?
Existen 40 distritos representativos en todo Puerto Rico. Cada residencia de un elector responde a un distrito representativo.
¿Cuántos distritos senatoriales hay en Puerto Rico?
Existen 8 distritos senatoriales en todo Puerto Rico. Cada residencia de un elector responde a un distrito senatorial.
¿Cómo se diferencian los puestos por acumulación de los puestos de distrito?
Los puestos al Senado y Cámara de Representantes por acumulación responden a la votación por candidates a nivel de todo Puerto Rico. Por otro lado, los puestos al Senado y Cámara de Representantes de distrito responden a la votación a base de la residencia de quien vota.
¿Qué es una legislatura municipal?
La legislatura municipal se encarga de todos los asuntos administrativos que impactan al municipio, tales como:
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La aprobación de presupuestos
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Creación de ordenanzas municipales
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Códigos de orden municipal
La cantidad de legisladores municipales varía por municipio y todos los municipios deben constituir una legislatura municipal.
¿Qué recibes antes de entrar a la caseta de votación?
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Papeleta estatal: papel que se utiliza para votar por las candidaturas de la Gobernación y Comisaría Residente
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Papeleta legislativa: papel que se utiliza para votar por las candidaturas para Representantes y Senadores
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Papeleta municipal: papel que se utiliza para votar por la Legislatura Municipal y candidatura para la Alcaldía
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Papeleta simbólica: papel que se utiliza para votar simbólicamente por los puestos de presidencia y vicepresidencia de los Estados Unidos.**
Como elector tienes derecho a votar de las siguientes formas:
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Voto íntegro: un solo voto bajo la insignia de un partido político
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Voto mixto: un voto bajo la insignia de un partido político y al menos un voto al lado de la candidatura de una persona de otro partido político, independiente o por nominación directa
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Voto por candidatura: un voto al lado de la candidatura de una persona por cada puesto
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Nominación directa: escribir el nombre de una persona que no tiene una candidatura para ningún puesto en el encasillado derecho de cada papeleta
¿Qué procesos electorales debo conocer?
Primarias: proceso electoral dentro de cada partido para elegir a las candidaturas que representarán al partido en las elecciones generales
Elecciones generales: proceso electoral que determina cuáles candidaturas asumirán puestos electivos por los próximos cuatro años.
Información suministrada por www.ceepur.org y el Código Electoral de 2020.
*La información brindada en las preguntas que contemplen asterisco será actualizada según la disponibilidad de información en la Comisión Estatal de Elecciones (CEE).
**Esta papeleta fue introducida a través de la aprobación del Código Electoral de 2020 de Puerto Rico.
En el Capítulo 8 sub-capítulo B de las Primarias Presidenciales se establece que cualquier elector hábil en Puerto Rico ejercerá su derecho al voto para expresar su preferencia entre los candidatos de presidente y vicepresidente de los Estados Unidos.
El resultado no tiene validez en las elecciones generales de 2024 de Estados Unidos.“Código Electoral de Puerto Rico de 2020,” bvirtualogp.pr.gov/ogp/Bvirtual/leyesreferencia/PDF/58-2020.pdf.Ibid.
Este proyecto es posible gracias al financiamiento del Maria Fund.