POSITIVO
impacto de la legislacion:
El proyecto hace reconocimiento del uso de la reproducción asistida para establecer contratos entre las partes que deseen procrear a través de la subrogación gestacional. La subrogación gestacional se refiere al embarazo que se lleva a término sin estar vinculado genéticamente al mismo. Existe necesidad de legislación que atienda este tipo de acuerdos ya que son distintos al ordenamiento jurídico existente enfocado en la subrogación tradicional. También, incluye desde un enfoque clínico, el estándar de cuidado médico y las normas éticas requeridas para consentir informadamente y tratar a las pacientes. La madre intencional puede inscribir en el registro demográfico previo al nacimiento, y realizar otras gestiones administrativas. La valoración de este impacto responde al proyecto enmendado por el senado.
NOMBRE DE LA LEGISLACION:
P de la C 577
DESCRIPCION:
El proyecto de ley crearía la “Ley de Acuerdos de Subrogación Gestacional” para establecer las reglamentaciones y requisitos de la subrogación gestacional en Puerto Rico. El proyecto establece las normas de la subrogación gestacional a base del consentimiento informado, pago razonable de la reproducción asistida y acuerdos con “backing” jurídico
10 de marzo de 2021
PERIODO RADICACION:
Estatus actual del proyecto:
Fue devuelto a la Comisión de Reglas y Calendarios del Senado el 28 de junio de 2024.